ARMANDO BARRIOS ALTAGAVEITE

Analista Contable

Procedimiento alta de trabajador

 

Efectuar una adecuada alta de actividad para nuevos trabajadores implica satisfacer una serie de registros y archivos. Aquí se detallan paso a paso

1. Tener el Curriculum Vitae. Así se agendan los datos de contactos, y se puede identificar que otras habilidades tiene el trabajador

2. Contrato de Trabajo. Lo habitual es indicar tareas, horarios, salarios, incluye reglas básicas, y si es nuevo se incluyen claúsulas de que es un contrato a prueba, de temporada, o a término (por ejemplo hasta finalizar una obra).

3. Enviar a BPS por Conexión Remota, el alta del trabajador

4. En caso que el trabajador tenga hijos o cónyuge, es conveniente que complete el formulario DGI  3100 para así se calcula correctamente el IRPF. El mismo deberá ser cargado en el programa de sueldos y cargar la información en la Conexión Remota.

5. Cargar datos en Venetus Planilla de Trabajo.

6. Cargar datos en el programa de Sueldos

7. Armar un legajo por trabajador y archivar.

POLÍTICA DE CALIDAD PROFESIONAL

Logotipo

VISIÓN

Ejercer como profesional confiable y competente en administración, brindando un óptimo rendimiento y orientado a exceder las expectativas de las partes interesadas.

MISIÓN

Colaborar en la dirección de organizaciones para alcanzar la excelencia y calidad en gestión, mediante investigar, comunicar, y aplicar conocimientos y herramientas de vanguardia.

ACCIÓN

Constancia y alto rendimiento en las actividades profesionales, estableciendo prioridades para cumplir en plazo y conforme a las especificaciones de los clientes.Continua superación.

25 de junio de 2005                                                                                                         Armando Barrios

Nueva Aplicación

ConstruSueldos Portada

Clic aquí para ver la presentación

Conceptos por Cargo

 

Los trabajadores de la construcción reciben haberes originados en diversas leyes, decretos, y convenios. He aquí una lista de las normas

            • Lit A y B Art. 4 Dto 414/985
            • Cuarta Ronda 2010
            • Art. 4 y 7 Dto 7/986
            • Dto 71/08 Inc. 3
            • Art. 5 Dto 290/982
            • Art. 6.4 Dto 30/991

Puede descargar aquí un Resumen de los Haberes por Cargo.

Laudo Construcción 2012 – 2013

Se adjunta el nuevo Laudo de la Construcción que rige a partir del 01/10/2012 y hasta el 30/09/2013. El mismo tiene un incremento del 20,08%, al cuál se le agregó el porcentaje correspondiente a la corrección de la recta salarial.

El porcentaje del traslado del precio para los Propietarios es del 22,84%.

El mismo quedo publicado en la web del MTSS: http://www.mtss.gub.uy/index.php?option=com_content&view=article&id=4445:ajuste-octubre-2012&catid=147:1industria-e-instalaciones-de-la-construccion-&Itemid=188

 

Cliquee aquí para descargar laudo completo.

Cambios en el IRPF e IVA

Según informa Diario El País

El Senado aprobó ayer por unanimidad el proyecto de ley que eleva el mínimo del IRPF, crea franjas para los ingresos más altos y faculta al Poder Ejecutivo a rebajar dos puntos de IVA a compras con tarjeta.

Falta la promulgación del Poder Ejecutivo y la reglamentación de varios artículos para que comience a regir. Durante su paso por el Parlamento el proyecto -que envió el Ministerio de Economía- tuvo algunas modificaciones. Los principales aspectos de la iniciativa son:

1.SUBA DEL MÍNIMO IMPONIBLE DEL IRPF RETROACTIVA A ENERO

Se faculta al Poder Ejecutivo a elevar el mínimo imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas en una Base de Prestación y Contribuciones (BPC) en la liquidación mensual (pasará de siete a ocho). El proyecto establece que esto es "con vigencia al 1° de enero de 2012". La suba de una BPC será en forma "gradual" dijeron a El País fuentes del Ministerio de Economía. Será de acuerdo a la variación del salario real cada año, hasta en dos o tres años alcanzar una BPC más. La primera suba del mínimo será este año y retroactiva al 1° de enero, por lo que en el ajuste anual del IRPF (a fin de año) el trabajador verá un descuento o tendrá que abonar menos tributo por todos los meses que aportó el IRPF con un mínimo no imponible menor. Una vez que se llegue a una BPC más el mínimo pasará de $ 16.919 a $ 19.336 a los valores actuales de la BPC (que se ajusta cada año).

2.NUEVAS FRANJAS DE IRPF PARA INGRESOS DEL TRABAJO MÁS ALTOS

En los artículos que incluyen nuevas franjas del IRPF no hubo cambios en el Parlamento. Hoy la tasa de 25% de IRPF se paga por el tramo de ingresos que supera las 100 BPC al mes ($ 241.701). En tanto los ingresos de más de 50 BPC al mes y hasta 100 BPC (entre $ 120.851 y $ 241.700) pagan por ese tramo 22%. La ampliación y creación de franjas hará que los salarios nominales de más 50 BPC al mes ($ 120.851) y hasta 75 BPC ($ 181.275) tributen 22% por ese tramo de ingreso y los que superen las 75 BPC al mes ($ 181.276) hasta 115 BPC ($ 277.956) paguen 25% por ese tramo. El tramo de ingreso que supere los $ 277.956 al mes estará gravado con 30%.

3.POSIBILIDAD DE DESCONTAR CUOTAS DE CRÉDITO HIPOTECARIO

Se podrá deducir del IRPF "los montos pagados en el año por cuotas de préstamos hipotecarios destinados a la adquisición de la vivienda única y permanente", así como las "cuotas de los promitentes compradores cuyo acreedor original sea el BHU", según la ley aprobada. Esto último se agregó en la discusión en el Parlamento. Se podrá hacer retroactivo al 1° de enero, siempre que el costo de la vivienda no supere las 794.000 Unidades Indexadas (US$ 95.129 a hoy) y el monto total deducible no podrá superar las 36 BPC anuales ($ 87.012), es decir 3 BPC al mes ($ 7.251).

4.REBAJA DE DOS PUNTOS DE IVA PARA COMPRAS CON TARJETA

La ley faculta al Poder Ejecutivo a reducir "en hasta dos puntos porcentuales la tasa del IVA" siempre que se efectúe la transacción por tarjetas de crédito, débito o cuentas de socios de cooperativas de consumo". Según había anunciado el ministro de Economía, Fernando Lorenzo en el Parlamento en diciembre pasado, esto comenzará a regir dentro de seis meses, para dar tiempo a generalizar la aceptación de tarjetas en todo tipo de comercios. Esto implica incorporación de tecnología y masificación de tarjetas.

5.DEVOLUCIÓN DE IVA A LAS COMPRAS REALIZADAS CON TARJETA MIDES Y ASIGNACIONES

Las tarjetas de débito Uruguay Social -que el gobierno cargará con el monto de las prestaciones de tarjeta alimentaria y asignaciones familiares- dará a sus poseedores la posibilidad de que se les devuelva todo el IVA en las compras realizadas con el plástico. Esto regirá al mes siguiente al de la promulgación de la ley.

Tratamiento fiscal a los anticipos de clientes.

Consulta Nº 5.027

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Comparece una empresa que importa bienes para un grupo de clientes que le adelantan fondos para abrir créditos en el exterior, emitiendo los recibos correspondientes. Una vez que llegan los bienes al depósito de la empresa son facturados a los clientes.

A raíz de la mencionada operativa ocurre que al cierre del ejercicio se generan saldos de anticipos de clientes de importancia.

Se consulta si la cuenta anticipo de clientes es un pasivo admitido a los efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio.

Se adelanta opinión en el sentido que por la naturaleza de la actividad de la consultante dicho pasivo debería ser considerado como un pasivo comercial dado que es el único giro que tiene la empresa sumado a que como contrapartida la cuenta " Banco Cuenta Valores al Cobro" utilizada por la empresa para reflejar los pagos adelantados por los clientes es un activo gravado por el Impuesto al Patrimonio.

No se comparte la opinión del consultante. El artículo 15º del Título 14 T.O. 1996 establece los pasivos deducibles a los efectos de la liquidación del Impuesto al Patrimonio, no figurando en la nómina los adelantos de clientes.

Para finalizar corresponde citar como antecedentes válidos al criterio aqui explicitado, las consultas Nro 3557 (Bol. 277) y Nro 3964 (Bol. 332).

09.01.009 – El Director General de Rentas.

Construcción – Excepciones a la 2da. licencia del sector

El Segundo Período de la licencia de la industria de la Construcción se gozará entre el 2 y el 7 de abril del corriente. El Inspector General de Trabajo y Seguridad Social resuelve que sólo serán admitidas las solicitudes de excepción para trabajar en este segundo período presentadas hasta el día 29 de febrero de 2012, y que cumplan con los requisitos establecidos: consentimiento expreso del trabajador, dirección de la obra, plan alternativo de licencia a gozarse dentro de los seis meses siguientes al período referido.

Fuente: http://www.mtss.gub.uy/images/stories/noticias/IGTSS/Lic_Construccion.pdf

– FONASA–CPE

ANTICIPO MENSUAL

CUOTA PROMEDIO EQUIVALENTE (CPE)

El artículo 7º del reciente Decreto de 1º de febrero de 2012 (aún no publicado en el D.O), que ajusta el valor de las cuotas de las mutualistas (IAMC), fijó un nuevo valor para la Cuota Promedio Equivalente (CPE) del Seguro Nacional de Salud, quedando establecida a partir de 1º de enero de 2012 en $ 1.502,00 (pesos uruguayos un mil quinientos dos).

Se abre el corralito mutual

Desde el próximo 1º de febrero, hasta el 28 del mismo mes, los usuarios de Fonasa que tengan tres años o más de antigüedad, de afiliación al 31 de enero de 2012, podrán cambiarse de prestador de servicio de salud si así lo desean, informó este viernes el Ministerio de Salud Pública (MSP).

El decreto que inició con el corralito no tomó en cuenta que 2012 es año bisiesto, por lo que la posibilidad para que se movilicen los usuarios de una mutualista a otra será hasta el 28.
Los 102.000 usuarios que en su momento no eligieron prestador y el MSP les asignó ASSE de oficio también pueden cambiarse.

El usuario deberá presentar la cédula de identidad ante la institución que elija. Ese es el único trámite.

La directora general del Sistema Nacional Integrado de Salud, Elena Clavell, explicó que se pueden realizar excepciones para los que no estén habilitados para el traspaso de mutualista, pero esa decisión le compete a la Junta Nacional de Salud (Junasa). Este órgano del MSP las otorga cuando se trata de un cambio de domicilio o cuando un usuario manifiesta su disconformidad con el prestador, aunque esto requiere una justificación que Junasa luego evalúa.
Al mismo tiempo, durante todo el año una persona puede cambiarse a ASSE o a un seguro privado. También se permite el pasaje de una institución a otra de menor costo -por ejemplo, de una mutualista a ASSE o de un seguro a una mutualista-. Al respecto, Clavell opinó que “la condición económica de una persona puede verse alterada de un momento a otro” y por eso se permiten esas modificaciones.

Basado en www.observa.com.uy y www.teledoce.com